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INDEPENDENCIA. En el año 1990 la cordillera del Ybytyruzú fue declarada por decreto No. 5815 Parque Nacional, a partir de la movilización de la población, en el año 2001 se revocó dicho decreto y se promulgó el No. 14.945, declarándola Área de Recursos Manejados. La primera denominación implicaba que no podría ser habitada por poblaciones humanas, la segunda -y la que está vigente- admite la presencia de comunidades humanas, siempre y cuando respeten la naturaleza.

En el año 2015, se promulga la ley N° 5399, que declara como área silvestre protegida, con la categoría de reserva de recursos manejados a la cordillera del Ybytyruzú, que abarca 24.000 has localizadas en los distritos de Independencia, Fassardi, Ñumi, Eugenio A. Garay, Villarrica y Mbocayaty del departamento Guairá,

El artículo 6 de esta ley señala “En caso excepcional, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, podrá solicitar la sanción de la Ley que autoriza la prospección, exploración y explotación de minerales dentro del Área Silvestre protegida de la Cordillera del Ybytyruzú. En caso de darse la autorización legislativa, la extracción deberá ser ejecutada conforme al Plan de Manejo aprobado por la autoridad de aplicación”.

Consideramos que este artículo debe ser modificado señalando que “en ningún caso ningún órgano podrá autorizar ningún tipo de actividad minera” y derogado el artículo 7 que señala el uso que deberían tener los recursos provenientes de la actividad minera.
El artículo 6 de la ley se constituye en un peligro permanente contra el patrimonio natural del Ybytyruzú. Los daños que podría ocasionar la actividad minera serán irrecuperables y la vida natural es incompatible con la minería, dado que la explotación minera genera contaminación, enfermedades y graves daños al medio ambiente. El mercurio, cianuro y otros productos tóxicos utilizados por la minera contaminan los distintos manantiales, arroyos y cauces hídricos que se encuentran a lo largo y ancho de la Cordillera del Ybytyruzú. 

La empresa Uramérica ya en el 2009, logró que el Comité de evaluación del Viceministerio de Minas y Energía, haya aprobado su solicitud de exploración en el suroeste de la cordillera del Ybytyruzú, según información disponible en la página web de este Ministerio. Al tiempo que en el Departamento de Caazapá ya existen dos aprobaciones a la empresa Transandes para la explotación de uranio

La cordillera del Ybytyruzú debe ser protegida por autoridades y la ciudadanía. Los intendentes y concejales tienen una clara y directa responsabilidad,  dado que la Ley Orgánica Municipal en su Articulo 12 (numeral 1, inciso c), señala que deben  reglamentar y fiscalizar el uso y ocupación del suelo, así como también, “la preservación, conservación, recomposición y mejoramiento de los recursos naturales significativos” (numeral 4, inciso a). 

Todas y todos, ciudadanía y autoridades, debemos proteger la 
Cordillera del Ybytyruzú, el primer paso es la modificación de la ley 5399.

Asociación Ecológica Ybytyruzú 

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